Errores médicos más frecuentes al prescribir tratamientos paliativos


Por tratamiento paliativo se entiende aquel destinado a enfermos terminales cuya expectativa de vida es relativamente corta a consecuencia de una enfermedad que no responde a los tratamientos curativos,  y que consiste en un compendio de tratamientos médicos farmacológicos, psicológicos… tendentes a facilitar “la mejor calidad de vida posible hasta la muerte

Como en cualquier otra rama de la medicina, durante la administración de un tratamiento paliativo, puede acontecer una negligencia médica. Sin embargo, este tipo de casos resultan especialmente complejos, dado que el paciente se encuentra ya en una situación próxima a la muerte.

 

Negligencias médicas y cuidados paliativos: casos especialmente complejos

Nos explicamos. Como hemos abordado en otras entradas del blog, para que pueda producirse una condena por negligencia médica, deben concurrir tres requisitos establecidos legal y jurisprudencialmente:

  • Un daño. Es decir, un perjuicio, pues en el ordenamiento jurídico español, no cabe la posibilidad de condenar por un riesgo, necesariamente debe haberse producido un daño.
  • Un acción u omisión contraria a la lex artis. Lo que sería la negligencia médica en si, bien por hacer algo mal, o por dejar de hacer algo.
  • Una relación de causalidad directa entre la vulneración de la lex artis y el daño. O lo que es lo mismo, que el daño o perjuicio sufrido sea consecuencia de la negligencia.

Es este último de los requisitos el que suscita importantes problemas. Pues en efecto la negligencia en si puede resultar más o menos acreditable como en cualquier otro supuesto, el daño también; pero más problema plantea la necesaria relación de causalidad que debe mediar entre los anteriores, es decir, que el fallecimiento del paciente sea consecuencia directa de la negligencia médica. Y ello porque tratándose de un paciente terminal, solo en muy contadas ocasiones será posible acreditar, en la medida en la que es necesario dentro de un procedimiento judicial, la virtualidad de la misma; es decir, que el óbito sea consecuencia de la negligencia médica y no de la enfermedad grave e incurable que aquejaba previamente al paciente.

Una segunda cuestión que se plantea en los casos de tratamiento paliativo es la que concurre cuando la negligencia médica, en lugar de tener como consecuencia el óbito, genera una secuela. En este caso, se suscita una problemática de índole económica. El actual sistema existente en España, para indemnizar a las víctimas de una negligencia médica, tiene en cuenta, entre otros factores, la esperanza de vida del paciente, con lo que, en estos supuestos, en los que dicho periodo es de días o semanas, supone que la posible indemnización a solicitar, pueda ser incluso inferior a los costes que el procedimiento puede acarrear.

 

Ejemplos de negligencia médicas habituales en tratamientos paliativos

Sin perjuicio de lo que se ha indicado anteriormente, lo cierto es que existen algunos casos en los que si es posible emprender acciones legales por una vulneración de la lex artis en supuestos de tratamiento paliativos. Algunos ejemplos son los siguientes:

  • No adopción de medidas para prevenir y evitar una broncoaspiración en pacientes sometidos a tratamiento paliativo con morfina o derivados de la misma. 
  • Ausencia de tratamientos paliativos cuando los mismos están indicados.
  • Derivación a cuidados paliativos cuando aún existían posibilidades curativas.

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