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Condena por negligencia médica al retrasarse el diagnóstico y tratamiento de una encefalitis herpética.
El abogado experto en negligencias médicas y asuntos de mala praxis médica, Rubén Darío Delgado Ortiz, ha logrado una nueva condena como consecuencia del retraso en el diagnóstico y tratamiento de una encefalitis herpética en un joven de 12 años. En síntesis, los hechos del caso fueron los siguientes:
I.- El día 23 de junio del año 2015 la madre del joven acudió con el mismo al hospital de referencia. El pequeño sufría fuertes dolores de cabeza, vómitos y fiebre de 39º. Tras una exploración somera en la que tan siquiera se incluyó una analítica se le dio el alta con el diagnóstico de síndrome febril de corta evolución.
II.- Al día siguiente 24 de junio, ante el empeoramiento de la sintomatología el menor fue llevado de nuevo al Servicio de Urgencias de su hospital de referencia. En esta ocasión, tras la realización de pruebas y exploraciones básicas (analítica, rigidez de nuca…) se acordó el ingreso del joven.
III.- En las horas siguientes el pequeño fue empeorando con aumento de dolor de cabeza, con un lenguaje incoherente… hasta que finalmente se acordó la realización de una TAC craneal cuya conclusión fue:
“área de hipodensidad corticosubcortical en región parasagital izquierda de lóbulo frontal, valorar evento isquémico en territorio de arteria cerebral anterior sin poder descartar totalmente lesión subyacente”
Diagnostico: compatible con isquemia cerebral en territorio de la arteria cerebral anterior izquierda”
El día 25 de junio, ante la extrema gravedad del cuadro se decidió trasladar al menor a un hospital especializado.
IV.- A su llegada ingresó directamente en la UCI del referido centro no fue hasta dos días más tarde (27 de junio) cuando se decidió realizar una RMN cerebral. Durante ese lapso de tiempo el joven empeoró llegando a convulsionar y entrar en coma.
Tras la RMN se evidenció la presencia de un edema masivo cerebral con hipertensión sospechándose encefalitis herpética. Hasta ese momento no se indicó el tratamiento indicado para la enfermedad que padecía, antivirales.
V.- Como consecuencia del retraso en el diagnóstico y tratamiento de la patología que aquejaba al menor (meningitis herpética) sufre problemas tales como parálisis en el lado izquierda de su cuerpo, problemas para caminar, para comer, incontinencia, desorientaciones conductuales, trastornos psiquiátricos y neurológicos severos.
A la vista de los hechos expuestos, el tribunal estimó la demanda formulada por el abogado de negligencias médicas Rubén Darío Delgado Ortiz reflejando en la sentencia:
Los datos del paciente indicaban que el cuadro evolucionaba y requería un mayor estudio de entrada del paciente, no resultando ajustado a la lex artis que se demorase hasta el día 27 de junio.
En definitiva, se considera que se persistió en el desacierto en el diagnostico con presencia añadida de un deterioro del paciente ya en las primeras horas, lo cual se entiende le hacía subsidiario de mayo estudio; asimismo un servicio pediátrico estaba en condiciones de percibir a la entrada la sospecha del cuadro real de encefalitis en el presente caso y haber procedido a un tratamiento precoz.
Realizada la RMN el día 27 de junio, los hallazgos fueron de extenso calibre y aunque no de forma categórica, indicaban como primera posibilidad diagnóstica la encefalitis herpética aguda (evolucionada a consecuencia del error de diagnóstico). Se inicio entonces el tratamiento antiviral con notorio retraso.
La evolución neurológica seguida (desfavorable y con grandes secuelas) se considera en relación directa con la aplicación del tratamiento ya entrado el quinto día desde el inicio del cuadro.
Como conclusión la asistencia dispensada al paciente se valora como inadecuada y directamente relacionada con las secuelas que sufre el paciente.