Tipos de cáncer que suelen incurrir en una negligencia


En la actualidad, uno de los principales retos de la oncología moderna, además obviamente de conseguir mejores y más eficaces tratamientos para cualquier tipo de cáncer, es conseguir diagnósticos más precoces. Esto es en estadios menos avanzados de la enfermedad, dado que el cáncer es una patóloga tiempo-dependiente y, por tanto, cuanto antes se diagnostique, menos avanzada se encontrará la enfermedad y mayores posibilidades existirán de alcanzar la curación (y con tratamientos más sencillos y menos agresivos).

 

¿Cuáles son los tipos de cáncer en los que más negligencias médicas se producen?

  • Cáncer de vejiga: Este tipo de cáncer tiene especial incidencia en personas fumadoras y, en no pocas ocasiones, se producen errores de diagnósticos con infecciones de orina (en especial en pacientes de sexo femenino).
  • Cáncer de colón: La existencia de múltiples patologías que pueden dar una clínica similar, lleva en ocasiones a que se produzcan errores diagnósticos.
  • Cáncer de mama: Aun a día de hoy y, a pesar de los importantes avances en esta rama, se siguen produciendo infradiagnosticos de cáncer de mama. Especialmente en casos de pacientes con mastopatías fibroquísticas o mamas densas.
  • Melanoma: Es, y por desgracia, sigue siendo uno de los tipos de cáncer en los que más negligencias médicas se producen, normalmente como consecuencia de errores diagnósticos con patologías benignas.
  • Cáncer de pulmón: No son pocos los casos en los que la falta de realización de pruebas específicas como Pet-Tac o broncoscopias, inducen a errores diagnósticos de este tipo de tumores.

En un importante número de casos, existe la duda respecto a si el cáncer pudo haberse diagnosticado de forma más precoz (y por ende haberse tratado de forma inmediata), pues con independencia del cual sea el tipo de cáncer que se padezca, lo cierto es que, en sus inicios, en la mayoría de casos tienen una clínica similar a la de otras muchas patologías de menor gravedad.

En los casos en los que efectivamente se acredite que pudo diagnosticarse precozmente y la razón de no hacerlo fue una mala praxis, a la hora de indemnizar al paciente entrará en juego la doctrina jurisprudencial de la “pérdida de oportunidad” que, traducida al lenguaje coloquial, vendría suponer que en este tipo de casos lo que se indemniza no es el daño ocasionado en sí; imaginemos por ejemplo el fallecimiento del paciente por un cáncer de colón, si no el porcentaje de posibilidades de haberlo evitado en caso de haberse actuado de conformidad con la lex artis. 

Deja un comentario